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miércoles, 14 de marzo de 2018

Mujer y maternidad en 2018






¿Cómo ha cambiado la situación de las madres españolas desde que yo fui madre?


Cuando yo tuve a mi hija en marzo de 1979, para poder terminar mis estudios de periodismo la tuve que llevar conmigo todos los días en el metro, viajando casi dos horas, para llegar a mi Facultad. La dejaba al fondo del aula, mientras asistía a clase. Mi esposo enseñaba a 120 kilómetros y no nos llegaba su sueldo para pagar una guardería.


Al nacer mi niño, en 1981e, sufrió una crisis de bilirrubina. Estuvo una semana en la incubadora. Me prepusieron irme a casa y volver al hospital 3 veces al día para darle mi leche con un biberón. Me negué y me quedé en el hospital hasta que salí con mi hijo. Subía desde mi habitación a darle de mamar con la frecuencia necesaria. Aunque, después del tercer día, ya no recibí más atención médica por parte de la Clínica, ni siquiera un desinfectante para lavarme la herida aún abierta.


¿Qué facilidades tiene una madre de hoy en día ante alguna de estas situaciones o parecidas? En este mundo tecnológico en el que tanto se habla de progreso ¿cómo ha evolucionado para facilitarle la vida a las madres, portadoras y cuidadoras de la vida humana de nuestro planeta?


El Real Decreto 1251/2001 regula las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad y riesgo durante el embarazo. Según esta ley, si estoy trabajando, tengo derecho a un baja de 16 semanas ininterrumpidas. En caso de que mi bebé tuviera que quedar hospitalizado, tendría derecho a otras 13 semanas más, como máximo. Bien, entonces, si mi bebé hubiera nacido con una dolencia que requiriese un periodo mayor de atención hospitalaria, se tendría que quedar en el hospital sin que su madre pudiera estar de forma permanente con él o ella. ¿Es que un bebé de 7 meses y 1 semana hospitalizado es ya un adulto que pueda valerse por sí mismo sin atención maternal?


Veamos lo que han conseguido los sindicados que tanto reivindican el derecho de los “trabajadores”. En el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37.4, se dice: "Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones”. ¡Perfecto! Si soy madre lactante, o traigo mi bebé al trabajo, para poder darle de mamar al menos 2 veces durante mi jornada laboral, o tengo que mudarme cerca de mi trabajo, para que en 30 minutos me dé tiempo a llegar a casa, asear mi pecho, sentarme relajadamente a darle de mamar. Asearme el pecho de nuevo, y estar de vuelta en mi puesto de trabajo al cumplir esa media hora. Las mujeres somos famosas por desarrollar estrategias inverosímiles, pero señores sindicalistas ¡no tenemos una varita mágica para detener el tiempo! Hay algunas otras soluciones tan maquiavélicas como esta, que no merece la pena ni mencionar. No estoy en contra del permiso por paternidad, pero creo que va en detrimento del periodo de lactancia.


Si tuvieras que amantar a tu bebé por medios artificiales por razones médicas... en 2015 te daban un subsidio de 532€ si estás al corriente de las cotizaciones con la SS, pero te lo quitan si descubren que estás trabajando por cuenta propia o ajena. Es de decir que, si no puedes trabajar en tu negocio, por ejemplo, por estar enferma, tampoco puedes hacer ningún otro trabajo que tu estado de salud te permitiera y deberías optar por morirte de hambre junto a tu bebé o vivir de la caridad mientras no te recuperes. Yo a estas medidas les encuentro visas de “terrorismo anti-femenino”, ¡como poco!

Los padres españoles tienen el tiempo irrisorio de 13 días (ya el trece es sospechoso, ¿porqué 13 y no 31?) de permiso o de 15 para partos múltiples. Si el parto es múltiple, habría que multiplicar el 13, al menos por el número de bebés. ¡Algo de lógica matemática! En cualquier caso, siempre la ley española por detrás del resto de las europeas al respecto.


Si según La Organización mundial del Trabajo, las mujeres embarazadas, no pueden “levantar o empujar grandes pesos”, me gustaría conocer si hay estadísticas de mujeres embarazadas que han sido trasladadas a un puesto de trabajo que no implique este riesgo durante y meses después de haber dado a luz. En este documento de la SS (1) encontramos todos los riesgos a tener en cuenta para la embarazada.  Si no ese le hubiera cambiado de puesto, el Estatuto de los Trabajadores regula la suspensión del contrato de trabajo: el Instituto Nacional de la Seguridad Social debería resolver en 30 días a favor de la embarazada para que le sea abonado el 100% de su salario por la Mutua del trabajo. ¿Cuántas mujeres son despedidas en 2018 ante este riesgo? No he podido encontrar estas estadísticas. ¿No son de interés público?


Lo que sí he encontrado es este documento (2) con estadísticas de la protección social en la Unión europea desde 210 a 2014, que es el más actualizado. En su página 16 tenemos la tabla de gastos en prestaciones por protección social. En 2010, se gastaban en España 6.0 millones de euros en protección social para familia e hijos con una población de 47.02 millones de habitantes. En 2014, se gastaron 5.3 millones para una población de 46,77 millones de habitantes. Los beneficiarios de prestaciones familiares por parto, etc., (2. P. 5) con madres discapacitadas fueron 291 mientras que en 2016 fueron 283.  No sé si esta reducción se dio porqué las embarazadas estaban más sanas o porque disminuyeron los casos de protección. Las cifras totales de protección por nacimiento o adopción se redujeron de 2015 a 2016.  Si después del parto, tu bebé tiene alguna discapacidad, tienes dos clases de pago único anual: 1.000,00 si estás dentro del régimen de la SS o una reducción anual de 1.200,00 euros en tu declaración del RPF, si eres autónoma. Creo que con este pago único no llega ni para comprar pañales.


Teniendo en cuenta las cifras que, tanto la UE como España se están gastando en la protección a la mujer embarazada, está claro que las políticas de protección a la familia, al embarazo y a la protección de la mujer embarazada en situaciones de riesgo son una miseria.


Creo que las mujeres trabajadoras estamos luchando por un puesto de trabajo que no nos recompensa en su justa medida. No recompensa nuestro esfuerzo, no solo en el mundo laboral y académico, sino que va en detrimento de nuestra vida familiar, que no solo no la beneficia, sino que la perjudica.


Propongo una huelga mundial de mujeres durante 30 días en el mes de marzo de 2019, para que las madres y futuras madres tengan las garantías suficientes para poder conciliar su vida académica o laboral con su vida familiar. 


Objetivos a conseguir: 6 meses de baja por maternidad, 2 meses de baja paternal después de esos 6 meses, baja indefinida para madres con bebés hospitalizados, guarderías en lugares de trabajo y en centros de enseñanza de adultos, aumento razonable de la cantidad en el pago único o deducción de impuestos anuales, aumento razonable de prestación por hijo y superior en caso de hijos discapacitados. 

¡Cambiemos el mundo que los políticos nos han impuesto, en su propio beneficio!




1. Orientaciones para la valoración del riesgo laboral y la incapacidad temporal durante el embarazo http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/100442.pdf (Visitado 14/0372018)